La joven, de 25 años, sufre paraplejia y había pedido la aplicación de la eutanasia. Su padre ha recurrido esa decisión ante varias instancias judiciales
El Constitucional rechaza el último intento del padre de Noelia para frenar su eutanasia
La joven, de 25 años, sufre paraplejia y había pedido la aplicación de la eutanasia. Su padre ha recurrido esa decisión ante varias instancias judiciales
El Tribunal Constitucional ha rechazado admitir a trámite el último recurso presentado por el padre de Noelia, la joven de Barcelona de 25 años afectada por una paraplejia, con el que buscaba frenar de manera cautelar la eutanasia de su hija, informa la Agencia EFE.
La Sala segunda de la corte de garantías ha adoptado esta decisión por unanimidad en una sesión extraordinaria celebrada este viernes, ante la "manifiesta inexistencia de violación de un derecho fundamental tutelable en amparo".
El padre de Noelia había manifestado su pretensión de pedir al Constitucional que paralizase de manera cautelar la eutanasia de su hija hasta que la justicia resuelva el recurso que ha presentado ante la corte de garantías.
Esta nueva iniciativa judicial del padre de Noelia se producía después de que el Tribunal Supremo (TS) inadmitiera su recurso contra la muerte asistida de la joven.
En un auto, el Supremo decidió no admitir el recurso contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) que autorizaba la muerte digna de la joven, por falta de interés casacional, es decir, porque pretendía que se analizara de nuevo las pruebas, algo que no es posible.
La batalla ante la justicia arrancó cuando el padre recurrió la resolución de la Comisión de Garantía y Evaluación de Cataluña, de 18 de julio de 2024, por la que se concedió la autorización de la eutanasia de su hija, mayor de edad, y de inmediato el juzgado acordó como medida cautelar la suspensión de la eutanasia.
Poco después, el juzgado rechazó el recurso al considerarlo inadmisible porque el padre no estaba legitimado para recurrir puesto que la hija era mayor de edad y no estaba incapacitada.
Además, concluyó que la joven sí tenía capacidad plena para solicitar la eutanasia y que se cumplían todos los requisitos para que esta se concediera, así como que se habían seguido todos los pasos para que el procedimiento tuviera todas las garantías.
El padre acudió en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), que sí que reconoció su legitimación para recurrir, pero rechazó su recurso porque de ninguna de las pruebas se desprendía la ausencia de capacidad de la hija, sino todo lo contrario, más aun cuando las meras afirmaciones de que tenía patologías psiquiátricas resultaban insuficientes al estar desprovistas de cualquier refuerzo técnico.
Ante este escenario, el padre recurrió al Supremo porque sostenía que no había quedado acreditado que su hija sufra una enfermedad grave e incurable, o un padecimiento grave, crónico e imposibilitante; y porque tampoco concurría conformidad libre, voluntaria y consciente de la paciente, al presentar antecedentes psiquiátricos graves.
El padre alegaba que la eutanasia era un perjuicio "irreparable". Ante el nuevo rechazo judicial por parte del Tribunal Supremo, el padre recurría ahora al Constitucional.
En el recurso de amparo, al que tuvo acceso EFE, el padre de Noelia alegaba que la joven padecía "trastornos mentales" y de la "personalidad" y que contaba con un historial de "antecedentes psiquiátricos".
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